Programa dirigido a incentivar y promover la realización de actuaciones en PYME y gran empresa del sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética, contribuyendo a alcanzar con ello los objetivos de reducción del consumo de energía final que fija la Directiva 2012/27/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética.

Plazo de presentación de solicitudes: la solicitud de ayuda se podrá presentar telemáticamente, desde las 9 horas del día 20 de abril hasta las 24 horas del 30 de junio de 2021.

A estos efectos se entiende como consumo de energía final toda la energía final suministrada a la industria, no incluyendo los suministros del sector de transformación de la energía y a las industrias de la energía propiamente dichas.

Beneficiarios:  Empresas industriales ubicadas en Murcia (CNAE del 07 al 11, del 13 al 33 y del 35 al 39)

Actuaciones financiables de la ayuda son:

  • ACTUACIÓN 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales: Sustitución de equipos e instalaciones, así como sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética o la mejor tecnología disponible con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2.
  • ACTUACIÓN 2: Implantación de sistemas de gestión energética: Implantación de sistemas de gestión energética con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2 de las instalaciones industriales.

Gastos Financiables: 

Se consideran subvencionables los costes de inversión adicionales necesarios para lograr un nivel más elevado de eficiencia energética. frente a un equipo nuevo «No eficiente».

  • Si los costes de la inversión en eficiencia energética puedan identificarse en los costes totales de la inversión como inversión separada, estos costes relacionados con la eficiencia energética serán subvencionables;
  • en los demás casos, los costes de la inversión en eficiencia energética se determinarán por referencia a una inversión similar NO eficiente.

Se considera inversión elegible:

  • Las inversiones en equipos e instalaciones auxiliares (tuberías, líneas eléctricas, válvulas, conexiones, etc.) asociadas directamente al proyecto de ahorro de energía.
  • Las inversiones necesarias para el montaje y puesta en marcha de los equipos e instalaciones auxiliares señalados en el apartado anterior.
  • En su caso de cambio de combustible a gas natural, se considerará también coste subvencionable la instalación de gas natural desde contadores de gas hasta los equipos consumidores finales, la Estación de Regulación y Medida, y/o la instalación de gas natural licuado, incluido el depósito y elementos auxiliares (evaporadores, válvulas, etc.).
  • La elaboración de los proyectos técnicos relacionados con las actuaciones y los costes de dirección facultativa.
  • Los costes de ejecución de la obra civil hasta un máximo del 20 % de la inversión elegible descontando esta partida.
  • Los costes de transporte.

Los costes de asistencia técnica, legalización, obtención de licencia, etc. necesarios según establezca la normativa vigente que demuestren estar vinculados directamente a la ejecución del proyecto

Tipo de ayuda e intensidad

Subvención a fondo perdido de la inversión elegible (sobre la diferencia entre la inversión eficiente y una oferta de referencia de inversión no eficiente)

Gran empresa          Mediana empresa           Pequeña empresa

30%                           40%                                  50%

Periodo de ejecución

Desde fecha de solicitud hasta 24 meses desde la notificación de concesión.

(Las facturas y pagos deben estar dentro de este periodo).

 

Una buena oportunidad para mejorar la eficiencia energética de vuestras empresas y fomentar el autoconsumo energético.

No dejes pasara esta oportunidad, si estás interesado no dudes en contactar con nosotros.

Más información:

Tel. 607 544 444

e-mail: info@avsconsulting.es

www.avsconsulting.es

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46010 – Valencia

Teléfono 607 544 444 Fax 961 668 755

 

AVS Consulting Madrid 

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28760 Tres Cantos, Madrid

 

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30009 Murcia

 

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C/ Josep Ma. Ventura, 7, Planta 2 Ofic.2

08950 Esplugues de Llobregat, Barcelona

 

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