El pasado 10 de febrero se publicó el nuevo programa de ayudas en materia de industrialización para las PYMES INDUSTRIALES de la Comunidad Valenciana.

Objeto del programa: 

La concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para apoyar la realización de inversiones sostenibles de carácter industrial que contribuyan al crecimiento y consolidación de pymes industriales vinculadas a los SECTORES del CALZADO, CERÁMICO, METAL-MECÁNICO, TEXTIL, JUGUETE, MÁRMOL- PIEDRA NATURAL Y ÁRIDOS, MADERA-MUEBLE E ILUMINACIÓN, QUÍMICO, AUTOMOCIÓN, PLÁSTICO, ENVASES Y EMBALAJE, PAPEL Y ARTES GRÁFICAS, VALORIZACIÓN DE RESIDUOS Y LOS SECTORES EMERGENTES DE LA BIOTECNOLOGÍA, PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL Y LA PRODUCCIÓN DE VIDEOJUEGOS

Plazo de Solicitud: 

DESDE el día 11 de FEBRERO de 2021 HASTA el día 11 de MARZO de 2021, ambos incluidos (de acuerdo con la Resolución de convocatoria que para 2021 se ha publicado en el DOGV núm. 9017, de 10/02/2021).

Actuaciones subvencionables:

– Sólo podrán subvencionarse, con arreglo a la Resolución de convocatoria, los proyectos de inversión industrial de los sectores antes indicados, desarrollados entre el 1 DE ENERO DE 2021 Y LA FECHA DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN que supongan la implantación de nuevas líneas de producción en establecimientos industriales nuevos o que ya están en producción en cualquier punto de la Comunitat Valenciana en el momento de la solicitud, así como las que conlleven mejoras o la modernización de líneas de producción en esos establecimientos industriales, a excepción de la implantación de equipos de eficiencia energética o sistemas de recuperación o gestión energética.

Presupuesto mínimo subvencionable: 

El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto de inversión industrial será de 20.000 euros, IVA excluido, salvo para los sectores de la producción audiovisual y la producción de videojuegos, que será de 10.000 euros, IVA excluido. Las solicitudes cuyos presupuestos admitidos como subvencionables no alcancen dichos importes mínimos serán desestimadas.

Intensidad de la Ayuda:

  • Subvención a fondo perdido del 35% del gasto subvencionable

 

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las pequeñas y medianas empresas (pymes) privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculadas directa o indirectamente a los sectores industriales objeto de convocatoria.

 

Gastos Subvencionables:

  • Activos Materiales: adquisición/mejora de maquinaria, aparatos y equipos directamente vinculados a la producción. Incluye moldes, maquinaria para control de calidad, equipamiento de laboratorios y maquinaria de almacenaje. (Excluidos vehículos de transporte exterior, instalaciones de producción de energía eléctrica y equipamiento para administración).
  • Activos Inmateriales: adquisición, costes de Implantación y puesta en funcionamiento, licencias de fabricación, software… vinculados con producción, patentes (registro, renovación), etc…
  • Colaboraciones Externas: ingeniería industrial relacionados con los activos a ser adquiridos (Máx 15% del presupuesto o 20.000 €)
  • Gastos de Auditoría para la elaboración del informe de revisión de cuenta justificativa (máximo 600 €). (No subvencionable en empresas obligadas a auditar Cuentas Anuales.)
  • Inversiones en adecuación de bienes inmuebles o de instalaciones del establecimiento productivo, generales o específicas, imprescindibles para la instalación de los nuevos activos.
  • Costes de traslado, puesta en marcha y conexión, imprescindibles para la instalación de los nuevos activos.
  • En el caso de arrendamiento financiero, serán subvencionables las cuotas pagadas entre el 1 de enero de 2021 y la fecha de justificación, siempre y cuando se acredite que el contrato de arrendamiento incluye expresamente la obligación de adquirir el activo al término del contrato de arrendamiento.

Plazos:

Periodo Subvencionable:

El periodo subvencionable en la presente convocatoria será el siguiente:

Del 1 de enero de 2021 hasta el 2 de noviembre de 2021

(Se admiten pagos a cuenta realizados en 2020, como reserva o para realizar el pedido del activo subvencionado, inferiores al 75% del importe total de adquisición)


No son subvencionables terrenos, naves industriales, edificios u otros bienes inmuebles.
Aspectos a tener en cuenta:

  • Se pueden incluir equipos de segunda mano para los cuales será necesario un certificado de tasación en fase de justificación.
  • Ayuda sujeta a Mínimis.
  • La inversión subvencionada deberá mantenerse en la C. Valenciana al menos durante 3 años contados a partir de la finalización del plazo de justificación.
  • El ingreso de la ayuda se llevará a cabo tras la justificación de la ayuda (estimación en primer semestre de 2022).

La fecha de presentación de solicitudes finaliza el 11/03/2021.

Una gran oportunidad para la percepción de ayuda en forma de subvención a fondo perdido y recuperar parte de la inversión a realizar.

Más información:

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e-mail: info@avsconsulting.es

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