Se ha abierto el plazo de solicitud de ayudas dirigidas a impulsar la aplicación de ciberseguridad en las pequeñas y medianas empresas (PYMES) españolas. en el marco del Programa Activa Ciberseguridad.

El plazo establecido para su solicitud es desde el 15 de enero de 2021 hasta el 15 de marzo de 2021.

Empresas beneficiarias y sus requisitos.

Las empresas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos para poder tener la condición de beneficiarias, además de lo que se disponga en cada convocatoria:

a) Tener la condición de PYME.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

Actividad objeto de ayuda y duración.

1. La ayuda en especie objeto de esta orden, será la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria, una auditoría de ciberseguridad, una propuesta de implantación de plan de ciberseguridad, así como el seguimiento de las medidas implantadas y valoración de otras actuaciones que sean necesarias. El asesoramiento se prestará por consultores especializados, a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias, y contará entre 10 y 20 horas de asesoramiento individualizado por empresa beneficiaria.

2. La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios:

a) Diagnóstico inicial: recogida de información de la empresa y análisis de la situación actual de la empresa en materia de ciberseguridad.

b) Análisis de cumplimiento/auditoría de ciberseguridad.

c) Propuesta de Implantación de un plan de ciberseguridad en la empresa.

d) Seguimiento de las medidas implantadas y valoración de otras actuaciones que sean necesarias para mejorar la ciberseguridad de la empresa.

e) Visitas necesarias a las instalaciones de la empresa beneficiaria: Mínimo de 2. El apartado a y d se podrá realizar por medios telemáticos. En el caso de que las recomendaciones sanitarias con motivo de la crisis del COVID-19 así lo exijan, la totalidad de las reuniones podrán ser virtuales, previa autorización de la Fundación EOI.

Si tienes cualquier duda, ponte en contacto con nosotros y estudiaremos tu proyecto en profundidad para ver las posibilidades de acceder a esta subvención.

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