¿Quién puede utilizar Tax Credit?

Empresas con cuota insuficiente o falta del volumen de beneficios necesarios para aplicar las deducciones fiscales por actividades de Investigación y Desarrollo e Innovación Tecnológica, cuando estas deducciones hayan sido generadas con posterioridad a 1 enero del 2.013.

¿Cómo se consigue?

Estas empresas pueden monetizar las deducciones fiscales pasadas pendientes de aplicar. Para ello pueden ampliar el límite de la cuota hasta no pagar impuestos y/o su abono a través de la declaración del Impuesto de Sociedades. 

Condiciones para su obtención

El importe de la deducción aplicada o abonada, no podrá superar 1.000.000 de euros para deducciones de innovación tecnológica y 3.000.000 de euros en total, por grupo empresarial y año.

Descuento del 20% respecto sobre el importe inicialmente previsto en la deducción.

Debe haber transcurrido al menos un año desde el periodo impositivo en que se generó la deducción, sin que ésta nunca haya sido aplicada.

La plantilla media o, alternativamente, la plantilla media adscrita a actividades de I+D+i, no debe verse reducida desde el final del período impositivo en que se generó la deducción y durante los 24 meses siguientes.

En estos 24 meses que sigan a la finalización del periodo impositivo en cuya declaración se realice la correspondiente aplicación o abono, debe destinarse un importe equivalente a la deducción aplicada o abonada, a gastos de investigación y desarrollo o a inversiones en elementos del inmovilizado material o activo intangible, exclusivamente afectos a actividades de investigación y desarrollo (excluidos los inmuebles).

Tax credit AVS

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La empresa debe disponer de Informe Motivado vinculante o acuerdo previo de valoración de los gastos e inversiones correspondientes a los proyectos objeto de deducción.
Una misma inversión no podrá dar lugar a la aplicación de más de una deducción en la misma entidad salvo disposición expresa, ni podrá dar lugar a la aplicación de una deducción en más de una entidad.